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Préstamos Federales PLUS

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PREGUNTAS FRECUENTES



El préstamo PLUS, disponible para padres de estudiantes universitarios dependientes, es una solución inteligente de financiamiento educativo. Puedes calificar para el préstamo PLUS incluso si tus activos financieros limitan tu elegibilidad para otros préstamos. Además, puedes solicitar el préstamo para cada estudiante dependiente universitario que esté inscripto al menos como estudiante de medio tiempo en una institución de estudios superiores, universidad o institución educativa privada elegible con una acreditación de dos o cuatro años.

En vigencia a partir del 1 de julio de 2006, los préstamos PLUS también están disponibles para estudiantes profesionales y de postgrado. Para más información sobre el programa Grad PLUS, haz clic aquí.

Financiado por prestamistas privados, garantizado por el gobierno federal y administrado por la institución de estudios superiores o universidad a la que asiste tu hijo, el préstamo PLUS es uno de los productos de préstamos para estudiantes más competitivo que se ofrece actualmente para financiar la educación universitaria de estudiantes universitarios.


Puedes solicitar préstamos que cubran el costo total de la educación universitaria de tus dependientes (el costo de asistencia menos otra asistencia financiera para estudiantes estimativa).


El préstamo PLUS es útil para cubrir costos de matrícula, lo que te permite solicitar el costo total de la asistencia de tu hijo (menos cualquier otra asistencia financiera estimativa). El costo de asistencia incluye:

  • Matrícula y cuotas
  • Comida y alojamiento
  • Libros, suministros, transporte y otros gastos personales relacionados con la educación determinados por la universidad
  • Alquiler o compra de equipo, materiales y suministros necesarios para todos los estudiantes de un curso en particular
  • Gastos relacionados con discapacidad
  • Programas de estudio en el exterior, siempre que el programa esté aprobado por la institución local del estudiante para otorgar créditos
  • Educación cooperativa
  • Cargos de emisión y garantía

Una vez establecida la elegibilidad, los prestatarios sólo necesitan cumplir con los criterios básicos de crédito. Específicamente, un solicitante de un préstamo PLUS no es elegible para este préstamo si se determina queél o ella tiene un historial de crédito adverso de acuerdo con los criterios de regulaciones federales. Como opción para el prestamista, un posible prestatario de PLUS puede obtener un fiador con buen crédito si el prestatario no puede establecer solvencia de otra manera.

Se considera que un solicitante de un préstamo PLUS posee crédito adverso si se cumple cualquiera de las siguientes condiciones:

  • El solicitante está retrasado 90 días o más en el pago de cualquier deuda.
  • El solicitante ha tenido una deuda liquidada en quiebra durante un período de 5 años antes de la fecha del informe de crédito.
  • El solicitante ha sido el sujeto de una sentencia de incumplimiento de pago de cualquier deuda, una ejecución hipotecaria, embargo fiscal, embargo de bienes o salario, o cancelación de una deuda del Título IV durante un período de 5 años antes de la fecha del informe de crédito.

Los prestatarios son responsables de una comisión de garantía ("Default fee" o "Guarantee fee") de hasta el 1.00% y una comisión por emisión del 3.00%, que se reenviarán al Departamento de Educación de los EE. UU. Estos cargos se deducen proporcionalmente de los fondos del préstamo. El garante puede elegir pagar la totalidad o parte del cargo por incumplimiento en nombre del prestatario.


A continuación se presenta una lista de los requisitos de elegibilidad asociados con el solicitante del producto PLUS:

  • Debe solicitar un préstamo para pagar los costos educativos de un estudiante universitario dependiente que cumpla con los requisitos de un estudiante elegible.
  • Debe ser ciudadano estadounidense o nacionalizado, residente permanente de los EE.UU. o persona elegible que no sea ciudadana, según corresponda.
  • Debe proporcionar su número de seguro social válido.
  • No debe haber incurrido en incumplimiento de pago de ningún préstamo federal.
  • Debe ser el padre natural o adoptivo, tutor legal que haya sido designado por un tribunal y al que se le exige específicamente que utilice sus propios recursos para respaldar al estudiante o padrastro (si sus ingresos y activos se considerarían al calcular la contribución familiar estimativa de un estudiante dependiente) del estudiante elegible.
  • No debe tener ninguna propiedad sujeta a ejecución hipotecaria por una cantidad adeudada a los Estados Unidos.
  • Debe cumplir con los requisitos adicionales impuestos por el garante de un préstamo cuyo capital e interés hayan sido liquidados o cancelados.
  • No debe haber superado el límite del préstamo federal Stafford anual ni el límite adicional del préstamo.
  • No debe ser responsable de un pago en exceso ni haber superado los límites anuales o adicionales del préstamo impuestos en cualquier programa del Título IV.
  • No se lo debe haber inhabilitado exclusivamente debido a un error individual o como resultado de proveer información falsa o equívoca para un préstamo FFELP que se le haya otorgado.
  • Debe cumplir con los requisitos de envío de una Declaración de propósito educativo.
  • Se debe determinar que no posee crédito adverso.
  • Debe cumplir con los requisitos para el garante con respecto al estado de residencia oárea de servicio regional.
  • No debe haber solicitado fraudulentamente un préstamo, proporcionado información que haya causado que su préstamo supere los límites anuales del préstamo aplicable durante un año académico ni haber excedido intencionalmente el límite del total del préstamo para el programa de préstamo federal para la educación familiar (FFELP), programa federal de préstamos directos (FDLP) o el Programa Federal de Préstamos Perkins.

A continuación se presenta una lista de requisitos de elegibilidad para el estudiante universitario dependiente:

  • Debe ser ciudadano estadounidense o nacionalizado, residente permanente o persona elegible que no sea ciudadana, según corresponda.
  • Debe proporcionar su número de seguro social válido.
  • Debe ser menor de 24 años (al 31 de diciembre de 2006).
  • Debe ser un estudiante universitario inscripto o aceptado para su inscripción al menos como estudiante de medio tiempo en un programa elegible en una institución elegible.
  • No debe ser veterano de las fuerzas armadas de los EE.UU.
  • No debe estar casado ni tener otros dependientes.
  • Si ya está inscripto, debe mantener un desempeño académico satisfactorio en sus estudios según las normas publicadas de la universidad.
  • No debe incurrir en incumplimiento de pago de ningún préstamo federal para estudiantes ni adeudar dinero de un subsidio federal para estudiantes.
  • Debe suministrar copia al menos un diploma de escuela secundaria o un equivalente reconocido de un diploma de escuela secundaria o el estudiante debe cumplir con una de las siguientes normas: El estudiante debe (a) ser mayor que la edad establecida para la asistencia obligatoria en el estado en el que se encuentra la universidad posterior a la escuela secundaria y (b) aprobar una prueba que determine su aptitud para recibir beneficios, administrada en forma independiente aprobada por el Departamento de Educación. O bien, debe tener un certificado secundario, o puede certificar por sí mismo que ha completado la escuela secundaria en su hogar, considerada esta educación como educación de escuela a domicilio o privada según la ley aplicable del estado.
  • No debe estar participando en una pasantía médica ni programa de residencia requeridos para médicos, especialistas en osteopatía y optometría. Los estudiantes que estén participando de una pasantía como parte de cualquier otro programa universitario (por ejemplo: pasantía de veterinaria u odontología) son considerados estudiantes elegibles para los préstamos Stafford y PLUS, según corresponda.
  • A menos que esté exento, los estudiantes varones deben registrarse en el servicio selectivo.
  • No debe haber sido considerado inhabilitado para la ayuda del Título IV debido a la convicción de posesión o distribución de una droga ilegal dentro del marco de tiempo establecido.
  • No debe haber sido arrestado al momento en que se realiza la entrega o desembolso de los fondos.

Nota: todos los préstamos PLUS requieren que la universidad cerifique el costo de la asistencia del estudiante.


Cuando se trata de las necesidades de fondos para los estudios universitarios de tus hijos, no puedes darte el lujo de esperar. Chase ha facilitado el proceso de solicitud de préstamos de modo que puedas obtener tu dinero lo más rápido posible.

¡Te ofrecemos dos maneras fáciles de solicitar un préstamo del programa de préstamos para padres PLUS para el año académico 2008-2009!

Cómo funciona el proceso de solicitud del préstamo:

  • Por favor asegúrate de que el estudiante para el que solicitas el préstamo complete la Solicitud gratuita de ayuda federal para estudiantes (Free Application for Federal Student Aid - FAFSA).
  • Si reúnes los requisitos para solicitar fondos bajo el programa de préstamos para padres PLUS, tienes dos opciones:
    • Solicitar por Internet
    • Comunícate con nosotros gratis al 1-800-487-4404 (y espera el menú en español) para que un especialista en préstamos para estudiantes te ayude a completar la nueva solicitud de préstamos para padres PLUS y responda cualquier pregunta que tengas sobre el financiamiento de la educación de tus hijos.

La tasa de interés establecida por la ley de un préstamo PLUS otorgado después del 1 de julio de 2006 está fijada en 8.5%. Los préstamos PLUS otorgados antes del 1 de julio de 2006 son préstamos con tasas variables que se ajustan anualmente el 1 de julio.

Tasas del préstamo federal PLUS

Para todos los períodos durante el pago, incluidos la prórroga y el aplazamiento, la tasa de interés variable para los préstamos Plus otorgados entre el 1 de julio de 1998 y el 30 de junio de 2006, de 5.01%.


Para los préstamos federales PLUS que tienen fecha de garantía el 1 de junio de 2008 o después:*

  • reducción en la tasa de interés del 0.25% por permitir que Chase debite los pagos mensuales automáticamente de su cuenta bancaria (ACH)

El período de pago de un préstamo PLUS comienza en la fecha del último desembolso realizado del préstamo; el interés se genera a partir de la fecha del primer desembolso del préstamo. El primer pago vence dentro de los 60 días, después del desembolso total, a menos que los padres acepten postergar los pagos hasta después del período de gracia del estudiante dependiente. Tienes hasta 10 años (sin incluir períodos de aplazamiento o prórroga autorizados) para pagar tu préstamo PLUS. Puedes pagar por adelantado todo o cualquier porcentaje de tu préstamo en cualquier momento sin recibir sanciones. El pago por adelantado se recomienda debido a que puede reducir considerablemente la cantidad total del interés pagado durante la vigencia del préstamo.


Generalmente, tienes hasta 10 años para pagar tu préstamo PLUS (sin incluir períodos de aplazamiento y prórroga autorizados). Extender el período reducirá considerablemente tu pago mensual, sin embargo debes tener en cuenta que un período de pago extendido incrementará la cantidad total del interés que pagarás por tu préstamo. No obstante, debido a que no existen sanciones por el pago por adelantado dentro de este programa, puedes reducir los costos de interés incrementando la cantidad que pagas mensualmente o cancelando tu préstamo por adelantado sin que se te apliquen sanciones o cargos.


Una vez establecida la fecha de vencimiento, no puede cambiarse. Sin embargo, tienes la opción de realizar un pago en cualquier momento antes de la fecha de vencimiento.


Puedes pagar por adelantado todo o cualquier porcentaje de tu préstamo en cualquier momento sin recibir sanciones. El pago por adelantado se recomienda debido a que puede reducir considerablemente la cantidad total del interés pagado durante la vigencia del préstamo.


No. Puedes pagar por adelantado tu préstamo PLUS sin que se apliquen cargos o sanciones.


Sí. Tu préstamo PLUS está autorizado en la Parte B del Título IV de la Ley de Educación Superior de 1965, según enmiendas (el programa "FFELP"). Según el programa del préstamo PLUS, puedes obtener préstamos para estudiantes de bajo costo para ayudar a pagar el costo de educación superior. Los prestamistas otorgan el préstamo PLUS a padres de estudiantes elegibles o estudiantes de postgrado. El prestamista no puede exigirte una garantía para el préstamo. Para proteger a los prestamistas en caso de muerte, discapacidad, quiebra o incumplimiento de pago del prestatario, los préstamos tienen el aval de un garante. En ciertas circunstancias, el prestamista también está protegido si el estudiante asiste a una universidad que deja de prestar servicios o si la universidad certifica falsamente el préstamo del prestatario. Los garantes están reasegurados por el Departamento de Educación de los EE.UU. por toda o parte de la cantidad que se reclama en incumplimiento y que se paga a los prestamistas.


Créditos tributarios HOPE y Lifetime Learning
Estos programas reducen las cantidades de tus impuestos federales en base a gastos educativos "en efectivo" correspondientes pagados para ti mismo, para tu cónyuge o para hijo dependiente. Sólo puede solicitarse uno de estos créditos tributarios por año fiscal.

Crédito tributario HOPE
Con este crédito tributario, puedes recibir hasta $1,650 por estudiante elegible para un contribuyente que paga los gastos relacionados con la educación durante los primeros dos años de universidad de un estudiante. Esto representa el 100% de los primeros $1,100 de tus gastos educativos “en efectivo” para cada estudiante, más el 50% de los próximos $1,100.

Crédito tributario Lifetime Learning:
Con este crédito, puedes solicitar un crédito máximo de hasta $2,000 (lo que representa el 20% de los primeros 10,000). Este crédito se calcula por familia y no por estudiante.
Debido a que los créditos tributarios y deducciones se retiran paulatinamente en ciertos niveles de ingresos, te recomendamos consultar con tu Asesor de Impuestos y revisar la publicación IRS Publication 970 *, o llamar a la línea de información del IRS al 1-800-829-1040 para determinar tu elegibilidad y obtener más información sobre cómo estos beneficios se aplican a tu situación específica.

Los nuevos cambios en el código tributario pueden ofrecer ventajas tributarias favorables cuando financias la educación de tu hijo con un préstamo PLUS1. Actualmente existe un margen de tiempo ilimitado para deducciones de intereses de préstamos para estudiantes, según tus ingresos puedes tener derecho a deducir intereses independientemente de la antigüedad del préstamo. Además, los requisitos de elegibilidad son más flexibles, por lo tanto las deducciones están disponibles para un grupo más amplio de contribuyentes. Te recomendamos que obtengas más información sobre los posibles beneficios tributarios.

1 La información tributaria se proporciona como una descripción general. Chase no se dedica a proporcionar servicios de asesoramiento profesional, legal, contable ni de impuestos, y no estamos calificados (ni pretendemos estarlo) para ofrecer asesoramiento de impuestos individual. Para determinar tu elegibilidad y obtener más información sobre cómo estos beneficios se aplican a tu situación específica, te recomendamos consultar con tu asesor de impuestos y revisar la publicación IRS Publication 970 *, o llamar a la línea de información del IRS al 1-800-829-1040 para obtener detalles.


Puedes solicitarlo ahora o llamar al número sin cargo indicado anteriormente, y menciona que te gustaría solicitar un préstamo federal PLUS a través de Chase.


* Información importante: Para los préstamos PLUS otorgados entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009, la tasa de interés establecida por la ley es del 8.50%. Se reenviará una comisión de emisión del 3.00% al Departamento de Educación de los EE. UU. Si el garante del préstamo subsidia parte o la totalidad de la comisión de garantía ("Default fee" o "Guarantee fee") del 1.00%, los prestatarios de Chase recibirán este beneficio. Para los préstamos garantizados el 1 de junio de 2008 o después, la reducción en la tasa de interés del 0.25% se encuentra disponible para los prestatarios en período de pago que elijan debitar sus pagos mensuales automáticamente de una cuenta bancaria. Esta reducción en la tasa de interés comenzará cuando el prestatario se inscriba y Chase comience a debitar los pagos automáticamente, y permanecerá vigente mientras continúen los pagos automáticos sin interrupción. La tasa de interés reducida volverá a la tasa sin descuentos en caso de que los pagos automáticos se cancelen, se rechacen o se devuelvan por cualquier motivo, o durante períodos de aplazamiento o prórroga. La reducción en la tasa de interés del 0.25% no disminuirá el monto mensual a pagar, pero disminuirá el interés acumulado. De esta manera, se reducirá el monto total pagado y el plazo en el que se salda el préstamo. Chase puede vender este préstamo al Departamento de Educación de los EE. UU. y a su vez, éste puede continuar respetando esta reducción en la tasa de interés de pagos automáticos. Se aplican términos y condiciones del préstamo. Los programas de beneficios están sujetos a cambios. Los préstamos están sujetos a la presentación de una solicitud completa, aprobación crediticia y otros documentos requeridos, y a una verificación, según corresponda. Esta información era correcta al 1 de junio de 2008.

* Éste es un vínculo a un sitio de terceros, según se describe en nuestras Prácticas de vínculos Web. Ten en cuenta que la política de privacidad y las prácticas de seguridad de terceros pueden ser diferentes de las normas de Chase. Chase no es responsable, ni controla, aprueba o garantiza ningún aspecto del uso que haces del sitio al que accedes a través del vínculo.

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